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La Lista Robinson se amplía a la comunicación telefónica y on line
01 Julio 2009
La Lista Robinson se adapta a la sociedad de la información. Con más de quince años de existencia en nuestro país, esta lista que permite a los ciudadanos rechazar oficialmente la recepción de mensajes comerciales no deseados a través del correo postal, acaba de estrenar un nuevo servicio que amplía estas posibilidades a la comunicación comercial a través del teléfono (mediante llamadas o SMS) y del correo electrónico, convirtiéndose en un sistema integral de exclusión publicitaria, según explicaron responsables tanto de la FECEMD como de la Asociación Española de Protección de Datos, las dos entidades que están detrás de este proyecto.

El nuevo servicio se vehicula a través de la web www.listarobinson.es, de doble uso: para empresas y para consumidores. De carácter gratuito para los ciudadanos, éstos deberán registrarse y recibir una contraseña que les permitirá identificar en qué números de teléfono y direcciones (tanto postales como de correo electrónico) no desean recibir comunicación comercial. Deberán, igualmente, facilitar una dirección de correo electrónico para que el proceso le sea confirmado. Una vez puesto en marcha, el plazo para dejar de recibir publicidad será de tres meses.
Por otro lado, todas las empresas, instituciones, entidades y anunciantes en general que quieran poner en marcha campañas de marketing a través del envío de mensajes telefónicos, postales o vía email con datos públicos (no a partir de sus propias bases de datos), deberán consultar los ficheros de exclusión. El acceso a éstos puede ser gratuito (hasta un centenar de búsquedas de forma individualizada por interesado) o de pago, mediante suscripción anual (500 euros), que da derecho a tantas consultas como sean necesarias, o por descarga única (150 euros), modalidades que comportan otro tipo de servicios para las empresas. Las asociadas a FECEMD tendrán acceso gratuito a la suscripción anual.
Comunicación consentida
En el caso de que un individuo haya dado su consentimiento anterior para recibir comunicación comercial y deseara rectificar esta postura, no podrá hacerlo a través de los ficheros de exclusión, sino que tendrá que solicitarlo directamente a la empresa a la que dio su consentimiento.
El reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, aprobado en diciembre de 2007, incorporó mecanismos para que los ciudadanos pudieran disponer de instrumentos eficaces para evitar la publicidad no deseada. Desde el 19 de abril del pasado año existe la obligación de adherirse a estos ficheros de exclusión, aunque hasta ahora no se había provisto una plataforma, que es lo que acaba de lanzarse.
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