La anterior Ley de Carreteras tardó ocho años en tener un reglamento y el sector no quiere que pase lo mismo ahora, sobre todo porque, como indica la asociación, este es necesario “para aclarar de forma objetiva y concreta los requisitos técnicos que deben cumplir los soportes publicitarios que pueden verse afectados”. Y porque, ante la falta de dicho reglamento, los expedientes que se están levantando están provocando “serios problemas y perjudicando tanto a las empresas de publicidad exterior (hasta el punto de poner en peligro muchos puestos de trabajo tanto directos como indirectos), como a los anunciantes, y especialmente a los locales, que pierden opciones se utilizar uno de sus canales informativos y comerciales predilectos y que, por otro lado, es uno de los medios publicitarios mejor valorados por los ciudadanos según estudios independientes”.

La actual situación viene dada, en gran medida, por la aplicación del artículo 37 de la Ley que determina que: “El Ministerio de Fomento podrá ordenar, incluso en las travesías, la retirada o modificación de aquellos elementos publicitarios o informativos que puedan afectar a la seguridad viaria o la adecuada explotación de la vía, sin que ello dé lugar a derecho a indemnización”. Y es esta potestad, apuntan desde La Fede-Aepe la que, “lejos de aplicarse con moderación ante la falta de un reglamento que fije criterios, se está aprovechando por las instancias responsables del Ministerio de Fomento para actuar con una alta discrecionalidad y arbitrariedad, dependiendo de las demarcaciones, lo que provoca indefensión, inseguridad jurídica y graves problemas a anunciantes y empresas de Publicidad Exterior”. Por ello, la asociación urge a la aprobación de “un reglamento claro que especifique lo que está o no permitido sin depender de un criterio subjetivo, en muchas ocasiones errático y siempre muy perjudicial para esta lícita actividad de comunicación comercial, que da servicio a anunciantes de todo tipo, incluidas una enorme variedad de empresas locales”.

Otro aspecto sobre el que incide La Fede-Aepe es el relativo a la clasificación del tipo de suelo en referencia a la seguridad vial y que, según la asociación, “se debe interpretar de manera no restrictiva la aplicación del concepto tramos urbanos, ya que en las travesías no solo existe suelo urbano propiamente dicho, sino otros tipos de suelos en diferentes estados de desarrollo urbanístico y con las mismas características de cara a la seguridad viaria". "De hecho”, remarcan, “puede haber tanto terrenos declarados urbanos sin que esa sea su realidad física, así como zonas auténticamente urbanas que por cuestiones meramente administrativas no han recibido dicha clasificación. Es el caso de los ayuntamientos que se demoran, por cualquier cuestión administrativa o de presupuestos, en la recepción del suelo”.