En el caso de Movistar, la reclamación estimada fue presentada por Vodafone en relación a la campaña Movistar Fusión, en concreto, por dos anuncios de televisión en los que se promocionaba dos terminales.

El Jurado de Autocontrol entendió que existía un elevado riesgo de que se interpretara que la contratación del servicio y la adquisición de los móviles era por el precio indicado para cualquier consumidor, cuando en realidad se referían solo a la contratación de líneas móviles adicionales para los ya clientes de la oferta integradora.

Además el mensaje sobreimpresionado que se incluía en los anuncios resultaba completamente ilegible en condiciones normales de visionado, según la resolución.

Por otra parte, la resolución referida a Vodafone, cuya reclamación fue presentada por Xfera Móviles, también tiene que ver con la confusión del mensaje, en este caso por la campaña “Redvolución”. El jurado entendió que la tarifa de llamadas publicitadas como ilimitadas (“Habla sin límites”) se encontraba en realidad sometida a límites.