La primera de ellas está referida a una campaña de televisión e internet de Gallina Blanca con la que promocionaba sus fideos orientales Yatekomo y que fue reclamada por Nestlé. El Jurado de Autocontrol entendió que el mensaje “los fideos orientales que más gustan” eran alegaciones de tono excluyente, ya que expresan una posición de preeminencia de los fideos de Gallina Blanca frente a sus competidores. Además el Jurado argumentó que la veracidad de ese mensaje no puede entenderse acreditada a través de los estudios aportados por el anunciante relativos al liderazgo de ventas ya que no se acredita que dicho liderazgo se deba al sabor de Yatekomo y no a otros factores como la novedad, el precio, la distribución, las promociones…

La segunda resolución es formulada contra Puleva por una pieza publicitaria en prensa del producto alimenticio ¡Puleva Viva!, en el que las alegaciones referidas a que contribuye a liberar la fatiga y a liberar energía de forma gradual  no resultaban conformes al reglamento.