La primera resolución estima la reclamación presentada por un particular contra Nutribén por una campaña de publicidad exterior en la que aparecía la cara de un niño junto al producto promocionado y un mensaje en el que se podía leer “Solo si come sano, crecerá sano”; sin embargo no había una declaración de propiedades saludables específica como exige el reglamento.

Por su parte, la resolución estimada por Autocontrol contraria a Unilever (a colación de una reclamación presentada por Nestlé) se refiere a un spot de televisión de la marca Magnum en el que se afirma que es “el número uno, el helado con el mejor chocolate”, lo que el Jurado entendió como una alegación en tono excluyente.

Por último la tercera resolución estimada que destacamos es la  referida a Orange, por un spot  de televisión en el que se promociona el servicio 4G en casa con imágenes de un ‘router’ que era distinto al que ofrecido en el proceso de contratación.